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Subsecretaría de Acción Cooperativa Imprimir E-mail

 

Se encarga de regular la actividad cooperativa en territorio bonaerense. Administra la inscripción y fiscalización de las cooperativas de la Provincia, su registro y control, la elaboración de proyectos especiales, la capacitación y la promoción del cooperativismo en diferentes ámbitos bonaerenses. También coordina con los poderes públicos la elaboración de normativa para la implementación de políticas conjuntas, en relación a la actividad cooperativa.

 

Acciones de la Subsecretaria de Acción Cooperativa

 

  1. Proponer políticas e implementar y elaborar planes, programas y proyectos relacionados con el fomento, práctica y desarrollo de las actividades cooperativas en el territorio bonaerense.

  2. Intervenir en las tareas de fiscalización y control de las cooperativas emplazadas en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, como así también  llevar el registro ordenado y actualizado de las mismas.

  3. Revalorizar el rol productivo y de prestación de servicios de las cooperativas y su contribución en la creación de nuevos puestos de trabajo en todos los ciclos del quehacer económico, producción primaria y fabril, comercial, vivienda, trabajo y consumo, como así también en el área de los servicios. 

  4. Promover los beneficios que otorga la forma de asociación cooperativa.

  5. Proponer y participar en la elaboración de planes y políticas de educación cooperativa con la Dirección General de Cultura y Educación.

  6. Administrar el Fondo para la Educación y Promoción Cooperativa de la Provincia de Buenos Aires establecido por la Ley Provincial Nº 11.321 mediante la cual la Provincia adhirió a la Ley Nacional Nº 23.427 de creación del Fondo para Educación y Promoción Cooperativa.

  7. Suscribir convenios con organismos municipales, provinciales, nacionales e internacionales, personas o entidades públicas o privadas; y organizar cursos, conferencias y publicaciones en la materia.

  8. Establecer, en coordinación con el Ministerio de Gobierno, relaciones institucionales con los municipios a fin de coordinar operativamente con las distintas áreas de la Subsecretaria de Acción Cooperativa, las acciones a desarrollar.

  9. Promover y articular las relaciones institucionales con entidades públicas, privadas, internacionales, nacionales, provinciales y municipales.

  10. Entender en la relación del Poder Ejecutivo con el Consejo Asesor Cooperativo de la Provincia de Buenos Aires creado por Decreto Nº 1277/04.

  11. Mantener vínculos con el sector cooperativo de segundo y tercer grado – Federaciones y Confederaciones – a través del Consejo Asesor Cooperativo de la Provincia de Buenos Aires.

  12. Supervisar el efectivo cumplimiento de la legislación vigente en materia cooperativa.